TEMPLOS JUBILARES EN LA DIÓCESIS DE ÁVILA
(designados por el Obispo Mons. Jesús García Burillo para poder lucrar
la Indulgencia Plenaria)
-S.A.I. Iglesia Catedral
-Iglesia de La Santa (PP Carmelitas Descalzos) en Ávila,
casa natal de Santa Teresa
-Iglesia del Convento de San José, (Monjas Carmelitas
Descalzas) en Ávila, primera fundación de Teresa (24 de agosto de 1562)
-Iglesia del Convento de la Encarnación (Monjas Carmelitas
Descalzas) en Ávila, casa de la Santa entre 1535 y 1562, y donde regresa en
1571 para ejercer durante tres años como Priora. Allí toma los hábitos como
Carmelita el 3 de noviembre de 1536.
-Iglesia del Convento de Santa Teresa de Jesús y San Juan de
la Cruz (Monjas Carmelitas Descalzas), en Duruelo (Ávila), donde comienza la
reforma masculina del Carmelo, impulsada por San Juan de la Cruz en 1568,
siendo en la actualidad convento de MM. Carmelitas desde la reconversión
llevada a cabo por la Madre Maravillas de Jesús en 1947.
-Iglesia del Convento de la Inmaculada y San José (Monjas
Carmelitas Descalzas) en Arenas de San Pedro (Ávila)
-Iglesia del Convento del Amor Misericordioso y de la Madre
de Dios (Monjas Carmelitas Descalzas) en Piedrahita (Ávila)
-Iglesia del Convento de la Madre de Dios (Monjas Carmelitas
de la Antigua Observancia) en Fontiveros (Ávila)
-Iglesia del Convento de Gracia (Monjas Agustinas), en Ávila,
donde ingresa Teresa de niña en 1531 en contra de su voluntad, para poder
estudiar, formarse y madurar; allí es donde comienza a forjar su vocación.
-Iglesia del Convento de Santo Tomás (PP Dominicos) en
Ávila, en cuya Capilla del Cristo de las Angustias o de la Agonía se encuentra
el confesionario de Santa Teresa, donde ella tuvo una visión el 15 de agosto de
1561, en la que la Virgen y San José la vestían con un manto azul y un collar.
QUÉ ES LA INDULGENCIA PLENARIA
De acuerdo con el Catecismo de la Iglesia Católica, una
Indulgencia es “la remisión ante Dios de la pena temporal correspondiente a pecados
que han sido perdonados. Un miembro de la fe cristiana propiamente dispuesto,
puede obtener una indulgencia bajo condiciones prescritas a través de la
Iglesia, la cual, como ministro de la redención, dispensa y aplica con
autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y los santos”. La
Indulgencia consiste precisamente en esto: cuando alguien comete un pecado
y se arrepiente, Dios le perdona, pero le queda algo pendiente. Esa
obligación o deuda que nos queda pendiente puede eliminarse total o parcialmente
mediante la práctica o la lucración de Indulgencias. Por tanto, por Indulgencia
Plenaria se entiende la remisión de toda la pena temporal merecida por el
pecado, de tal modo que no es necesaria ninguna otra expiación en el
Purgatorio.
CÓMO SE PUEDE LUCRAR LA INDULGENCIA PLENARIA
El Decreto de Penitenciaría Apostólica que anunciaba este
Año Jubilar Teresiano explica que únicamente los fieles verdaderamente
arrepentidos podrán alcanzar la Indulgencia Plenaria, siempre y cuando
cumplan las condiciones acostumbradas: Confesión Sacramental, Comunión
Eucarística y Oración por las intenciones del Romano Pontífice. Los fieles que
cumplan dichas condiciones podrán lucrarse de esta Indulgencia Plenaria (o
aplicarla por las almas de los fieles del Purgatorio) si visitan en forma de
peregrinación los templos y santuarios jubilares anteriormente citados, y allí
asistan a algún rito sagrado (por ejemplo, la Misa del Peregrino, o cualquier
otra celebración jubilar prevista durante el Centenario), o bien oren durante
un tiempo suficiente ante alguna imagen de Santa Teresa que se halle
solemnemente expuesta, terminando con el Padrenuestro, el Credo y las
invocaciones a la Santísima Virgen, a San José y a Santa Teresa de Jesús.
Téngase en cuenta que sólo se podrá lucrar una Indulgencia Plenaria al día.
También los fieles cristianos que estén impedidos por
ancianidad o enfermedad podrán lucrar la Indulgencia Plenaria si muestran
arrepentimiento y propósito de realizar lo antes posible las 3 condiciones
acostumbradas, y se unan espiritualmente a las celebraciones jubilares,
ofreciendo los sufrimientos de la propia vida, ante alguna imagen de Santa
Teresa, que compensó su deseo de martirio con limosnas y otras buenas obras.
BENDICIÓN PAPAL
Asimismo, el Santo Padre ha concedido durante el Año Jubilar
la gracia de impartir la Bendición Papal a todos los fieles
cristianos presentes, que verdaderamente arrepentidos y movidos por la caridad,
hayan asistido a los Ritos Sagrados y cumplan con las condiciones anteriormente
citadas. Dicha Bendición se impartirá en las siguientes fechas:
- 15 de octubre de 2014 (inicio del Año Jubilar)
- 25 de diciembre de 2014 (Navidad)
- 28 de marzo de 2015 (aniversario del nacimiento de Santa
Teresa de Jesús)
- 5 de abril de 2015 (Pascua de Resurrección)
- 15 de octubre de 2015 (clausura del Año Jubilar)
Podrán recibirla también aquellos fieles que no puedan
asistir físicamente a los Ritos Sagrados (por impedimento de fuerza mayor, como
una enfermedad), pero puedan seguir dichos Ritos por los medios de comunicación
(radio o televisión), con actitud devota y recta intención de espíritu.
hola, yo vivo en Cordoba Argentina y quería saber si se puede hacer indulgencia en un templo de las carmelitas descalzas en cordoba argentina? o es solo para los templos designados? me parece que quizás entremos en la categoría de cristianos impedidos... bueno no se , espero sus respuesta. Desde ya muchas gracias
ResponderEliminarEl Año Jubilar Teresiano fue concedido por el Papa Francisco a toda la Iglesia de España. Por tanto, es en los templos de este país donde se puede lucrar la indulgencia. Un saludo.
ResponderEliminarHola ,soy de Argentina y estare en Barcelona, Granada y Malaga entre el 27/09 al 07/10 y quisiera saber si en estas zonas puedo asistir a algun templo para hacer indulgencia...Podrian informarme lugares y horarios? ..Desde ya muchas gracias por su repuesta.- Saludos cordiales
ResponderEliminarHola Laura. Por supuesto puedes conseguir la Indulgencia en los lugares que señalas, puesto que el Año Jubilar es para toda España. Cada diócesis ha nombrado sus templos jubilares propios, así que lo mejor es que contactes con cada una de estas diócesis para que te informen. ¡Saludos!
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